Aleteia logoAleteia logoAleteia
jueves 28 marzo |
Aleteia logo
Estilo de vida
separateurCreated with Sketch.

Requisitos para que un matrimonio sea válido (II)

matrimonio

SunKids | Shutterstock

María Álvarez de las Asturias - publicado el 10/06/22

No es suficiente con que uno quiera casarse de verdad, si el otro no está dispuesto a cumplir los tres requisitos indispensables

El derecho canónico establece tres elementos que deben darse simultáneamente para que surja un matrimonio válido: «dos personas hábiles, consentimiento válido, forma jurídica eficaz», como decíamos en el artículo anterior.

El consentimiento es un acto de la voluntad, consciente y libre, dirigido a hacer surgir el matrimonio. Es este consentimiento de los contrayentes, que «ningún poder humano puede suplir» (canon 1057.1), lo que hace nacer el matrimonio: sin consentimiento válido de ambos, no hay matrimonio; con consentimiento, puede haberlo si se simultáneamente dan el resto de los requisitos.

Me gustaría destacar que el derecho de la Iglesia Católica reconoce así claramente que el consentimiento es un acto de libertad: sin la voluntad de ambos contrayentes de casarse, no se casan – por mucho que pueda haber una apariencia de matrimonio-.

Y es que casarse no es una limitación de la libertad, al contrario: es un acto de libertad inmenso, en el que un amor total nos lleva a entregarnos mutuamente en alianza de amor.

Además, nadie puede prestar consentimiento por los contrayentes ni decidir que estoy casado sin mi consentimiento: es personal, necesario e insustituible. 

Un acto de libertad

Al consentimiento de cada una de las partes se le llama consentimiento naturalmente válido, si cumple los requisitos de ser un acto humano. Éste supone conocimiento (saber qué es el matrimonio, una unión distinta de otras); voluntad (elección de esta unión matrimonial y no otro tipo de relación para vivir nuestro amor); y libertad (elegirlo libremente. Si no es un acto libre, no puede considerarse acto humano). Y no hay nada en sí mismo que le impida producir lo que pretende: constituir el matrimonio.

Si no fuera un acto de la inteligencia (no tengo capacidad para saber qué es el matrimonio) y la voluntad libre (me falta capacidad para decidir por mí mismo o para decidirlo en libertad), sería naturalmente inválido. 

Aclaraciones

Quiero aclarar algunos aspectos que no se suelen entender bien:

  • El consentimiento debe ir dirigido a crear un tipo de relación concreta, el matrimonio; que tiene unos elementos y propiedades esenciales: es una unión de varón y mujer, para siempre, fiel y fecunda. Y, si los dos contrayentes están bautizados, es sacramento. Como consecuencia, si la voluntad de uno o de los dos contrayentes quiere, aparentemente, un matrimonio, pero en realidad no quiere alguna de estas características de la unión conyugal, la verdad es que no quiere que surja entre ellos un matrimonio sino otro tipo de relación (sin fidelidad; sin que sea para siempre; sin que sea fecunda; rechazando el sacramento). Aunque aparentemente se hayan casado, en realidad no lo han hecho; porque su auténtica voluntad se dirigía a crear una unión desprovista de alguna de las características del matrimonio. Por esto puede ocurrir que pensemos que un matrimonio es válido cuando, realmente, no lo es. 
  • Tampoco basta que uno de los dos quiera casarse, pero el otro no: ambos contrayentes deben prestar consentimiento válido.
  • Como solo la decisión libre, consciente y voluntaria de ambos contrayentes puede dar origen al matrimonio entre ellos, no será válido el consentimiento si uno o ambos no tienen la capacidad mínima necesaria para saber qué es el matrimonio; elegir libremente (sin condicionantes internos o externos que les priven de la libertad de elegir) casarse con esta persona concreta en una unión matrimonial; cumplir mínimamente las consecuencias de la unión conyugal (relaciones sexuales normales, entendimiento, ayuda mutua)

Para que este consentimiento tenga, además, efectos jurídicos (consentimiento jurídicamente eficaz), debe prestarse -como decíamos al principio y en el artículo anterior- entre dos personas jurídicamente hábiles (sin impedimentos); y observando la forma establecida por la Iglesia Católica (en principio, ante un sacerdote y dos testigos)

Tags:
matrimonionulidad matrimonial
Apoye Aleteia

Usted está leyendo este artículo gracias a la generosidad suya o de otros muchos lectores como usted que hacen posible este maravilloso proyecto de evangelización, que se llama Aleteia.  Le presentamos Aleteia en números para darle una idea.

  • 20 millones de lectores en todo el mundo leen Aletiea.org cada día.
  • Aleteia se publica a diario en siete idiomas: Inglés, Francés, Italiano, Español, Portugués, Polaco, y Esloveno
  • Cada mes, nuestros lectores leen más de 45 millones de páginas.
  • Casi 4 millones de personas siguen las páginas de Aleteia en las redes sociales.
  • 600 mil personas reciben diariamente nuestra newsletter.
  • Cada mes publicamos 2.450 artículos y unos 40 vídeos.
  • Todo este trabajo es realizado por 60 personas a tiempo completo y unos 400 colaboradores (escritores, periodistas, traductores, fotógrafos…).

Como usted puede imaginar, detrás de estos números se esconde un esfuerzo muy grande. Necesitamos su apoyo para seguir ofreciendo este servicio de evangelización para cada persona, sin importar el país en el que viven o el dinero que tienen. Ofrecer su contribución, por más pequeña que sea, lleva solo un minuto.

ES_NEW.gif
Top 10
Ver más
Newsletter
Recibe gratis Aleteia.