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Congreso de Colombia dijo no a la reglamentación de la eutanasia

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Shutterstock | RaulNunez

Lucía Chamat - Aleteia Colombia - publicado el 19/11/21

En Colombia el debate provida está en uno de sus momentos de mayor intensidad: por un lado, el aborto y por otro, la eutanasia. Con relación a la eutanasia, el Congreso ‘hundió´ un proyecto de ley estatutaria que buscaba regular el procedimiento, después de una intensa labor de los legisladores, profesionales y grupos provida

El proyecto quedó archivado gracias a 78 votos que dijeron no a la eutanasia, frente a 65 votos favorables a su aprobación, durante el segundo debate en la Cámara de Representantes. Se requerían 85 votos a favor para pasar a la Comisión Primera del Senado, al tercer debate.

La propuesta, elaborada por el representante Fernando Reyes, establecía disposiciones generales para reglamentar el acceso al derecho a morir dignamente. Esto a través de la modalidad de muerte médicamente asistida.

Además, incluía como requisitos: ser mayor de edad; presentar una enfermedad terminal o enfermedad incurable avanzada; presentar un sufrimiento causado por la enfermedad que padece; capacidad y competencia mental para expresar el consentimiento libre, inequívoco e informado; y que únicamente un profesional de la medicina podría realizar el procedimiento.

“Le decimos sí a la vida”

La celebración de los congresistas que defienden el derecho a la vida se hizo de manera inmediata, entre ellos el representante Erwin Arias:

“Por gracia de Dios, en el Congreso de Colombia acabamos de vencer el proyecto de ley que buscaba legalizar la eutanasia como la única salida a calmar el sufrimiento. Y les decimos a todos los colombianos que la salida son los cuidados paliativos, es reformar el sistema de salud… hoy le decimos no a la eutanasia y sí a la vida. Gracias a todos por sus oraciones”.

Por su parte, el autor del proyecto, Fernando Reyes, dijo en su exposición:

“Si usted no quiere acceder a su derecho a morir dignamente, adelante, nadie lo está obligando. Si nosotros en su momento sí queremos hacerlo, respeten nuestra decisión. ¿Por qué esa necesidad de imponer sus visiones en la vida de los demás?”.

Ante ello, otro los votos negativos fue el de Christian Garcés, quien se unió a los que “no quieren que aquí reglamentemos la manera de asesinar colombianos, y quiero respetuosamente protestar por quienes quieren callar las voces de los que seguimos principios cristianos, somos defensores de la vida”.

Un derecho inviolable

El artículo 11 de la Constitución Política establece que “el derecho a la vida es inviolable”. Además, la eutanasia está regulada por el Código Penal, “porque considera la ley que es tan grave que quien participa en ella comete un delito que se llama homicidio por piedad”, explicó el abogado provida Juan Camilo Ramírez a Aleteia.

Sin embargo, en el país la realidad ha cambiado sustancialmente. El procedimiento está aprobado, inclusive para pacientes sin riesgo de muerte inminente. Esto aunque el Congreso –encargado de hacer las leyes y reformar la Constitución– esta semana haya rechazado nuevamente un proyecto de ley para reglamentarla.

El proceso de transformación de estas normas fundamentales ha sido posible por las sentencias de la Corte Constitucional, no porque lo haya decido el Congreso o el constituyente primario (el pueblo) por mecanismos de participación ciudadana.

De homicidio por piedad a muerte asistida

Entre 1991 y 1997, la Corte Constitucional empezó a transformar el lenguaje y pasó de hablar de homicidio por piedad a referirse a muerte asistida. En 1997 los magistrados fueron más allá y decidieron que existe el derecho a morir con dignidad.

“Como incluye la palabra dignidad dicen que es conexo a la dignidad humana, pero la muerte no es un atributo de la dignidad humana y, entonces, despenalizan el homicidio por piedad”, agregó el doctor Juan Camilo Ramírez.

De acuerdo con su análisis, la Corte Constitucional ha encontrado un atajo en la llamada “cultura del descarte” y ha utilizado dos herramientas legales: su facultad interpretativa (se requieren solo cinco magistrados para tomar decisiones) y la jurisdicción de tutela, que sirve para aplicar derechos constitucionales en casos extraordinarios y extremos que terminan siendo utilizados para generar normas legales (se necesitan dos magistrados).

Posteriormente, en el año 2014, el mismo organismo ordenó mediante sentencia de tutela al Ministerio de Salud empezar a reglamentar ese derecho. También exhortó al Congreso para que legisle el derecho a morir con dignidad.

En 2015 el Ministerio de Salud, en una resolución ya derogada, creó procedimientos para la solicitud de eutanasia y limitaciones para la objeción de conciencia en Colombia.

Eutanasia infantil

Dos años después, la Corte Constitucional tomó una decisión que convirtió a Colombia en uno de los tres países del mundo que permiten la eutanasia infantil.

“Esto es un absurdo porque si entendemos que un niño de 12 años no tiene madurez suficiente para tomar alcohol o fumar, mucho menos va a tener para decidir sobre su propia muerte, obligar a un médico a que lo haga y que sus padres respeten su decisión”, agregó el director de Vita Foundation.

El siguiente paso fue que Ministerio de Salud reglamentó la eutanasia infantil y en el 2018 también reglamentó el documento de voluntad anticipada.

Continuando con esta serie de medidas que atentan contra el derecho a la vida, en el presente año el Ministerio de Salud, a través de la resolución 971, decidió reglamentar el derecho fundamental a la muerte digna mediante eutanasia. Para ello flexibilizó los requisitos incluidos por la Corte en su sentencia y creó garantías para el ejercicio de este derecho.

El caso Martha Sepúlveda

Posteriormente, la corte emitió un comunicado en el cual anuncia la modificación de su propia jurisprudencia y dice que no es necesario el requisito de que la enfermedad sea terminal.

Esto fue lo que permitió que la paciente de ELA Martha Sepúlveda pudiera acceder a la eutanasia, a pesar de no estar en etapa terminal. Este procedimiento debe realizarse una vez ella defina nueva fecha, luego de que la entidad de salud se negara a hacerlo en la fecha inicialmente acordada, ante lo cual un juez le ordenó hacerlo.

De esta forma, y mientras el Congreso rechaza la legalización de la eutanasia, la Corte Constitucional sigue dictando sentencias y permitiendo que avance la cultura de la muerte, rechazada tajantemente por los grupos provida.

Siguen las rogativas, cadenas de oración y pronunciamientos en los diferentes escenarios, entre ellos los obispos católicos que se manifiestan continuamente y han dicho:

“La práctica de la eutanasia constituye una seria ofensa a la dignidad de la persona humana y fomenta la corrosión de valores fundamentales del orden social… Esperamos que, con el favor de Dios, que es siempre clemente y misericordioso, sigamos descubriendo los mejores caminos para respetar el derecho a la vida”.

Nota de redacción: En las últimas horas, también se frenó el debate sobre la despenalización del aborto en Colombia. Esto debido a que la Corte Constitucional aún no tomó ninguna decisión. Mientras el país está a la espera de cómo proseguirá este tema, movimientos provida clamaban que la vida siguiera siendo un derecho inviolable.

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